Micelio
Auto5 de septiembre de 2018

A- de 2018

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Roberto Carlos Padilla Oviedo·Demandado Coronel Jefer Castelblanco Contreras

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento y el Primero Penal Municipal de Adolescentes con Función de Control de Garantías de Barranquilla.

El despacho judicial de categoría de Circuito usó indebidamente las reglas de reparto dispuestas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 1983 de 2017, para abstenerse de conocer la acción de tutela de la referencia, otorgándole a dicho instrumento jurídico un alcance inexistente y contrario a la jurisprudencia de la Corte Constitucional, según la cual estas disposiciones, lejos de integrar mandatos procesales en materia de competencia, son apenas pautas de reparto y/o asignación de expedientes de tutela.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barranquilla, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se hace una advertencia a esta autoridad para que en lo sucesivo se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, en consecuencia, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corporación en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 21 de junio de 2018 proferido por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barranquilla, dentro del tramite de la accion de tutela formulada por Roberto Carlos Padilla Oviedo contra el Coronel Jefer Castelblanco Contreras,
  3. Segundo. Comandante y Jefe de Estado Mayor de la Segunda Brigada del Ejercito Nacional.
  4. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3427 al Juzgado
  5. Primero. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barranquilla para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  6. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  7. Primero. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Barranquilla que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el proposito de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  8. Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la parte accionante y al Juzgado
  9. Primero. Penal Municipal de Adolescentes con Funcion de Control de Garantias de Barranquilla la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.